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Ministerio de Educación dispone uso obligatorio de mascarilla desde este 5 de mayo: ¿Aplica para todas las provincias?

Además, la cartera de Estado autorizó el ingreso de brigadas médicas a las escuelas y colegios para llevar a cabo procesos de vacunación y atención preventiva.

sábado, 3 mayo 2025 - 17:56
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El Ministerio de Educación dispuso el uso obligatorio de mascarillas en alumnos y docentes desde el lunes 5 de mayo en instituciones de cuatro provincias debido a la alerta epidemiológica por el avance de la tosferina y la fiebre amarilla.

“Estas acciones buscan proteger a nuestros niños, niñas, adolescentes, docentes, personal educativo, personas con discapacidad y personas en escolaridad inconclusa”, apunta la Cartera de Estado.

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Detalla que, por un período de 60 días, las instituciones educativas de Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Guayas deberán cumplir con el uso obligatorio de mascarillas dentro de sus instalaciones. El objetivo es prevenir y reducir el riesgo de contagios.

Asimismo, el Ministerio de Educación autoriza el ingreso de brigadas médicas a las escuelas y colegios para llevar a cabo procesos de vacunación y atención preventiva.

Para ello, dijo que es necesario que cada estudiante cuente con una autorización firmada por su madre, padre o representante legal. En caso de no autorizar la vacunación, se debe entregar una carta de negativa con una explicación clara y justificada.

Mientras que en las provincias amazónicas y zonas fronterizas, las instituciones deberán habilitar espacios adecuados para que las brigadas de salud puedan realizar las jornadas de vacunación. También allí será indispensable contar con la autorización o negativa escrita por parte de los representantes.

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PROTOCOLOS ANTE CASOS

A continuación las disposiciones del Ministerio de Educación para todas las instituciones educativas: públicas, privadas, fiscomisionales o municipales.

  • La cartera de Estado dice que si se detecta un caso sospechoso o confirmado de enfermedad en un estudiante, docente o miembro del personal, deberá ser reportado de inmediato a la Sala Nacional de Monitoreo del Ministerio de Educación.
  • La persona afectada deberá permanecer en cuarentena, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud.
  • También será responsabilidad de cada institución coordinar con las autoridades locales las fumigaciones necesarias para mantener espacios libres de vectores y enfermedades.
  • Escuelas y colegios deben reportar periódicamente a la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos sobre el avance de estas acciones y cualquier dificultad que encuentren. Esta Dirección dará seguimiento, apoyo técnico y coordinará directamente con el Ministerio de Salud para asegurar que estas medidas se cumplan de forma efectiva.
  • Además, el Gobierno solicita el apoyo de todas las instituciones educativas a la campaña nacional de vacunación contra enfermedades como el tétano y la difteria (en todo el país), la fiebre amarilla (en zonas amazónicas y fronterizas) y la tosferina (en provincias priorizadas).
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