Mediante una histórica sentencia emitida en febrero de 2022, Ecuador se convirtió en el primer país del mundo en reconocer a los animales como sujetos de derechos, siendo este el punto de partida para la creación de un conjunto de leyes orientadas a garantizar su cumplimiento.
Dicha resolución judicial, que sentó un gran precedente en el accionar en pro del bienestar animal a escala global, giró en torno a una mona chorongo llamada Estrellita, que vivió casi dos décadas confinada ilegalmente en una casa de la ciudad de Ambato.
Al resolverse el caso, cuando la primate ya había fallecido debido a secuelas ocasionadas por el cautiverio, se determinó que los derechos de la Naturaleza fueron vulnerados, y se concluyó, además, que los animales no solo poseen necesidades biológicas, sino también comportamentales y emocionales.
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De esta manera, más de 40 organizaciones de la sociedad civil —integradas por ingenieros ambientales, abogados, veterinarios, biólogos, entre otros profesionales— conformaron el Colectivo LOA, acrónimo de la Ley Orgánica para la Protección, Promoción y Defensa de los Derechos de los Animales, la cual crearon e impulsaron.
Esta establece una serie de cambios con miras a que, a mediano y largo plazo, haya una reestructuración dentro del aparataje judicial y sector industrial, entre otros campos, para asegurar que cada animal, ya sea de compañía, como un perro; silvestre, como un ocelote; destinado al consumo, como puede serlo un cerdo; o al servicio, como un caballo, viva con dignidad.
Sin embargo, en julio del año pasado, se produjo un choque entre el Colectivo LOA y la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional, designada para tratar el proyecto de Ley, luego de que esta creara un texto unificado para primer debate que “no desarrolló los derechos reconocidos a los animales por el máximo órgano constitucional”, según las organizaciones civiles.
Casi un año después, a las puertas de que se resuelva este lunes el informe para segundo debate del proyecto de la ahora denominada Ley Orgánica para la Protección y Defensa de los Derechos de los Animales (LOPDA, aunque conocida popularmente como LODA), el Colectivo LOA advierte que la brecha de diferencias entre esta y la propuesta original es "más amplia que nunca".
Por otro lado, la comisión legislativa ha defendido las limitaciones impuestas al texto original. En un comunicado emitido en febrero de este año, declaró que la LOPDA "representa un avance crucial en la protección de los derechos de los animales en Ecuador y su aprobación es una responsabilidad histórica en el camino hacia una legislación más justa y equitativa para todas las formas de vida".
La ingeniera ambiental Cristina Alarcón, quien forma parte de Protección Animal Ecuador, lamenta que dentro de todo lo que habría sido excluido se encuentra la prohibición de prácticas que atentan contra sus derechos constitucionales al libre desarrollo del comportamiento animal y a la integridad, tanto física y psicológica.
Advierte que este cambio ratificaría que animales destinados al consumo puedan ser arreados con choques eléctricos, que puedan morir mediante prácticas como la trituración, y que vivan confinados en espacios sumamente estrechos. Esto último suele generar niveles de estrés que impulsan a las gallinas a cometer canibalismo, por lo que usualmente sus picos son cortados.
Advierte que este cambio ratificaría que animales destinados al consumo puedan ser arreados con choques eléctricos, que puedan morir mediante prácticas como la trituración, y que vivan confinados en espacios sumamente estrechos. Esto último suele generar niveles de estrés que impulsan a las gallinas a cometer canibalismo, por lo que usualmente sus picos son cortados.
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Analizando un contexto en el que la LOPDA, del Legislativo, sea aprobada y entre en efecto, la abogada Inti Alvarado, quien también forma parte del Colectivo LOA, resalta que la Defensoría del Pueblo, entidad a la que se había propuesto atribuirle la capacidad para velar por el cumplimiento de los derechos concedidos a los animales, no tendría competencia para ello.
“Básicamente, solamente el Ministerio de Agricultura y Producción, a nivel del Gobierno central, que es el que ya regula estos centros de industrialización, va a ser el único que podrá visitar estos centros y mirar si hay algún tipo de irregularidad”, asegura la letrada, quien impulsa vehemente la idea de traer “nuevos actores” a la veeduría.
Partiendo más allá de lo que ocurre en el sector productivo, Alarcón advierte que la Comisión de Biodiversidad agregó un artículo que no existía, el cual dicta que cualquier actividad de entretenimiento con animales que sea manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida, podrá realizarse al ser considerada una expresión sociocultural.
“Creo que ya realmente está más que demostrado que una corrida de toros y que una pelea de gallo es maltrato animal (...) Pues aquí quieren avalarlas ¿No? Quieren decir que es que están bien, cuando son nuevamente una expresión alta de violencia”, considera, resaltando que, en la ciudad de Quito, ya se ratificó la prohibición del espectáculo taurino hace varios años.
Si bien el presidente de la Comisión de Diversidad de la Asamblea Nacional, Guido Vargas, indicó en un comunicado que se respetaría lo expresado en la Consulta Popular que devino en la prohibición de la práctica en Quito, no menciona ni se se precisa en la LOPDA si se dispondría lo mismo a escala nacional.
En contradicciones como estas se reflejaría, dice Alarcón, un retroceso en materia de derechos. Además, surgiría una nueva problemática, advierte en cambio Alvarado, la cual consistiría en que al “recentralizarse todo” cuando entre en vigencia la Ley dispuesta por la Corte Constitucional, la potestad normativa de los municipios, a través de la que, por ejemplo, se puso fin a las corridas de toros en la capital, tendría que encajar con la nacional.
“Desde todo punto de vista hay una regresión. Es una gran incoherencia porque esa sentencia del 2022 es un avance de derechos a nivel de país y a nivel mundial, pero la legislación que vendría como consecuencia de la orden de esa sentencia, que es un avance de derechos, es una legislación regresiva de derechos”, sostiene firmemente la abogada.
Alvarado señala que dentro de los problemas que traería consigo una legislación que parta de lo que propone la LOPDA se halla un vacío que califica a los delitos en contra de los animales como de acción privada. “Eso implica que el Estado, la Fiscalía, las autoridades no se involucran en la investigación del caso ni en el proceso en sí”, argumenta.
“Más bien la persona interesada, que de pronto es simplemente un testigo que vio que se estaba cometiendo este delito contra los animales, tiene que volcarse a investigar como que tuviera esa responsabilidad y también exponerse a investigar estos crímenes violentos porque ninguna autoridad lo va a hacer en su lugar”, afirma la letrada.
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Alarcón destaca además que, entre los efectos de dicho vacío, cuya resolución fue planteada en el texto original, no hay un mecanismo para salvaguardar a animales, como perros y gatos, violentados por los humanos con quienes conviven, aunque haya una investigación en curso.
Alvarado explica que, de aprobarse el texto actual, pese al rechazo que ha expresado el Colectivo LOA, se elevaría un caso ante la Corte Constitucional para que sean revisados los artículos que no acatarían los derechos que les confirieron a los animales en su sentencia por el caso de la mona Estrellita.
A tan solo horas de que una de las fases más cruciales del proceso se defina, con los legisladores preparándose para el debate y cientos de manifestantes agolpados a las afueras de la Asamblea Nacional, la abogada concluye que aún habrá que esperar por el producto final que resulte de todo el proceso legislativo, el cual también podría ser modificado por el Gobierno.