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Exalcalde de Taisha es llamado a juicio por un presunto incremento patrimonial injustificado de $ 312.959

El exfuncionario habría recibido depósitos adicionales a sus remuneraciones y adquirió un vehículo y un inmueble, según Fiscalía.

lunes, 5 mayo 2025 - 18:09
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Por su presunta autoría en el delito de enriquecimiento ilícito, un juez llamó a juicio al exalcalde del cantón Taisha, quien recibió prisión preventiva.

La Fiscalía General del Estado informó este lunes detalles sobre la audiencia preparatoria de juicio en la que se expuso un informe con Indicios de Responsabilidad Penal emitido por la Contraloría General del Estado contra Cergio A. C.

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En su calidad de alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Taisha, el implicado presentó su declaración patrimonial jurada al inicio de su gestión, el 14 de mayo de 2014.

Sin embargo, el Ministerio Público dice que el exalcalde no registró las declaraciones periódicas ni de fin de gestión correspondientes a los años 2016 y 2019.

La investigación reveló que, durante su mandato, Cergio A. C. presuntamente recibió depósitos adicionales a sus remuneraciones, adquirió un vehículo y un inmueble, y además canceló deudas. Esto habría significado un incremento patrimonial injustificado de 312.959,46 dólares.

Por su parte, la Fiscal Provincial de Morona Santiago, Anita Madero, sustentó la acusación con varios elementos de convicción, entre los que se incluyen: versiones, el Informe con Indicios de Responsabilidad Penal, una pericia contable y financiera, un informe ejecutivo de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), la factura de adquisición de un vehículo, etc.

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$!Exalcalde de Taisha es llamado a juicio por presunto enriquecimiento ilícito

LLAMADO A JUICIO

Es así que el Juez de la Sala Especializada Penal para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado dictó auto de llamamiento a juicio contra el exalcalde del cantón Taisha por su presunta autoría en el delito de enriquecimiento ilícito.

Asimismo, el magistrado acogió el pedido de Fiscalía y dejó sin efecto la medida cautelar de presentación periódica, debido al incumplimiento por parte del implicado. En su lugar, ordenó la prisión preventiva.

El delito de enriquecimiento ilícito está tipificado y sancionado en el artículo 279, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena de privación de libertad de siete a diez años.

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